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año:2011
 
institución:AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
 
institución:CONSEJO DE TRANSPORTE PUBLICO
 

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DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No.13155 23 de diciembre, 2011 DFOE-EC-0661 Licenciado Alfredo Cordero Chinchilla Secretario Junta Directiva AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Estimado señor: Asunto: Aprobación parcial del presupuesto inicial del período 2012 de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. Con el propósito de que lo haga de conocimiento de los señores miembros de Junta Directiva, y se emitan las instrucciones a las instancias que resulten pertinentes, me permito remitirle el presupuesto inicial de esa entidad aprobado parcialmente por la suma de ¢14.610.609,6 miles. Sobre el particular le indicamos lo siguiente: 1. CONSIDERACIONES GENERALES 1.1. Origen del estudio y alcance El estudio se originó en las atribuciones conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 184 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, 18 de su Ley Orgánica No. 7428 y otras leyes conexas. Para el análisis respectivo, se han tenido a la vista los siguientes documentos: el presupuesto ordinario y el plan operativo institucional, que fueron aprobados por la Junta Directiva, según consta en el acta de la sesión extraordinaria No. 61-2011 celebrada el 26 de setiembre de 2011, y que fueran remitidos con el oficio No. 455-GG-2011 del 30 de setiembre de 2011. El estudio se realizó de acuerdo con la normativa jurídica aplicable según las circunstancias, la normativa técnica que rige la materia y la emitida por la Contraloría General de la República, según su competencia. El cumplimiento del bloque de legalidad en relación con la etapa de formulación y aprobación interna es responsabilidad del jerarca y los ...
Fecha publicación: 13/01/2012
Fecha emisión: 23/12/2011
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL (CLASE INACTIVA)
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 12323 7 de diciembre de 2011 DCA-3223 Licenciado Marvin Salas Hernández Director Administrativo Financiero a.i. Consejo de Transporte Público Fax: 2586-9090 Estimado señor: Asunto: Se archiva la gestión formulada al no haberse atendido requerimiento previo.- Me refiero a su oficio DAF-2011-414 del 11 de noviembre del presente año, mediante el cual solicita autorización para contratar directamente a SOIN S.A., para la implementación del paquete financiero el cual contempla los módulos de Contabilidad, Tesorería, Compras, Inventarios, Activos Fijos, Presupuestos y Reportes, sistemas que actualmente están funcionando en el CONAVI. Sobre el particular, tenemos que esta División mediante oficio DCA-3086 del 22 de noviembre de 2011, notificado el 23 de noviembre pasado, se requirió información al respecto, otorgándose al efecto un plazo de ocho días hábiles para su presentación, los cuales vencieron el 5 de diciembre de 2011, sin que se remitiera la información requerida, bajo la advertencia de que si no se presentaba la información se procedería al archivo de la solicitud. Así las cosas, se procede al archivo de la gestión formulada por su persona. Atentamente, Lic. Oscar Castro Ulloa Gerente Asociado a.i. OCU/yhg Ni: 20349 Ci: Archivo Central G: 2011002899-1 ] ...
Fecha publicación: 09/12/2011
Fecha emisión: 06/12/2011
Documento: 12323-2011.pdf
Institución: CONSEJO DE TRANSPORTE PUBLICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 08522 08 de setiembre de 2011 DJ-0995-2011 Señores Emilio Arias Rodríguez María Lourdes Echandi Gurdián Miembros, Junta Directiva AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS (ARESEP) Estimados señores: Asunto: Se rechaza solicitud de reconsideración en relación con la opinión jurídica no vinculante emitida mediante oficio No. 07094 (DJ- 0828- 2011) de fecha 3 de agosto de 2011. Nos referimos a su escrito, sin número, presentado a esta Contraloría General de la República el día 16 de agosto del año en curso, mediante el cual se solicita evaluar la pertinencia de reconsiderar la opinión jurídica no vinculante contenida en el oficio No. 07094 (DJ-0828-2011) de fecha 3 de agosto de 2011, emitida por la División Jurídica de la Contraloría General de la República. Sobre el particular, indican los solicitantes, con el objetivo de ampliar los antecedentes de la consulta planteada por el Regulador General de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, en oficio número 288- RG- 2011, que en su oportunidad esa autoridad, consultó a la Procuraduría General de la República que si en vista de que el artículo 1º de la ley de creación de la ARESEP dispone que esa institución “no se sujetará a los lineamientos del Poder Ejecutivo en el cumplimiento de las atribuciones que se le otorgan en esta ley”, cabría concluir que la ARESEP se encontraba fuera del alcance del poder de dirección del Poder Ejecutivo, el cual se concretiza en el dictado de directrices, como la aludida. Igualmente, señalan los gestionantes que la Procuraduría General de la República al resolver la consulta en su dictamen vinculante No. C-102-2006 de fecha 7 de marzo de 2006, determinó que el Poder Ejecutivo sí está en capacidad de vincular a la ARESEP mediante una directriz dirigida a regular temas como el salarial y de austeridad. Asimismo, manifiestan que si bien el pronunciamiento de la Procu ...
Fecha publicación: 02/09/2011
Fecha emisión: 30/08/2011
Documento: 08522-2011.pdf
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 07628 17 de agosto, 2011 DFOE-IFR-0488 Licenciado Ricardo Jiménez Godínez, MBA. Auditor Interno CONSEJO DE TRANSPORTE PÚBLICO Estimado señor: Asunto: Criterio solicitado el Auditor Interno sobre la aplicación de los artículos 23,24 y 27 de la Ley de Control Interno. Mediante su oficio AI-O-11-0285 del 23 de junio del 2011 se formula consulta en relación con la posibilidad de que una comisión o comité institucional conformado por personal de planta pueda interferir en la ejecución presupuestaria de la Auditoría Interna. Asimismo se solicita el criterio sobre si una vez que el máximo jerarca aprueba el presupuesto de la Auditoría Interna y ésta comunica su Plan de Trabajo, Plan de Compras, Plan de Capacitación, Plan de Requerimientos TI y otros, a las instancias correspondientes, puede una comisión o comité institucional establecer regulaciones administrativas que limiten la ejecución y el cumplimiento de los mismos. Ambas consultas giran en torno a los alcances de la independencia de la Auditoría Interna, y para ello es necesario remitirse a lo señalado en la Ley General de Control Interno (LGCI) que establece la diferenciación entre la independencia administrativa y la independencia de carácter funcional de la Auditoría Interna. De esta forma, el artículo 24 de ese mismo cuerpo normativo señala: “Dependencia orgánica y regulaciones administrativas aplicables. El auditor y el subauditor internos de los entes y órganos sujetos a esta Ley dependerán orgánicamente del máximo jerarca, quien los nombrará y establecerá las regulaciones de tipo administrativo que les serán aplicables a dichos funcionarios. Los demás funciona ...
Fecha publicación: 24/08/2011
Fecha emisión: 16/08/2011
Institución: CONSEJO DE TRANSPORTE PUBLICO
Emite: AREA FISC. SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 07094 03 de agosto de 2011 DJ-0828-2011 Señor Dennis Meléndez Howell Regulador General AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Estimado señor: Asunto: Opinión jurídica no vinculante. Se atiende consulta planteada por el Regulador General de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, sobre el ámbito de aplicación de la Directriz- 13- H emitida el 4 de marzo del 2011, por la Presidencia de la República conjuntamente con el Ministro de Hacienda. Nos referimos a su oficio número 288- RG- 2011, presentado a esta Contraloría General de la República el día 8 de junio del año en curso, mediante el cual se consulta sobre el ámbito de aplicación de la Directriz-13-H, emitida el 4 de marzo del 2011, por la Presidencia de la República, conjuntamente con el Ministro de Hacienda. I. Consideraciones previas. Señala el consultante que en Alcance No. 13-A a La Gaceta número 45 de fecha 4 de marzo de 2011, se publicó la Directriz No. 013-H, la cual dispone una serie de lineamientos para la reducción del gasto público y la racionalización de su uso, entre los que se encuentran los siguientes: 1) No creación de plazas en el sector público; 2) No utilización de plazas vacantes con las excepciones allí indicadas, y 3) Las entidades públicas en su conjunto reducirán mediante modificación presupuestaria un veinte por ciento (20%) de sus presupuestos aprobados, exceptuándose las partidas de remuneraciones, transferencias y el servicio de la deuda pública, incluyendo la sub- partida de información. Asimismo, indica el consultante que el artículo 9 de la mencionada directriz, enumera un listado de instituciones públicas que están excepcionadas de la aplicación de la directriz, entre las cuales no se encuentra la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP). De igual manera, el consultante manifiesta tener dudas razonables sobre la aplicación de esa di ...
Fecha publicación: 09/07/2011
Fecha emisión: 06/07/2011
Documento: 07094-2011.pdf
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Institucionas Autonomas, Canones


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 05181 10 de junio, 2011 DCA-1495 Licenciado Mario F. Badilla Apuy Director Ejecutivo Consejo de Transporte Público Estimado señor: Asunto: se aclara el oficio No 4512 del 23 de mayo de este año, únicamente en cuanto a que el Consejo de Transporte Público si cuenta con las potestades de obtener préstamos. Por lo anterior se modifica la advertencia de que no se podrá realizar la transacción hasta tanto no cuenten con la totalidad del disponible presupuestario y se establece en su lugar que no se podrá realizar la transacción hasta tanto no cuenten con la disponibilidad presupuestaria y el financiamiento necesario para poder adquirir el edificio pretendido incluido en dicho presupuesto. Nos referimos a oficio No. DE-2011-1432 del 2 de junio de este año, mediante el cual solicita aclaración del citado oficio en el sentido de que el Consejo de Transporte Público no requiere contar con la totalidad de la disposición presupuestaria para comprar tres inmuebles inscritos a nombre de ICAFE. Antecedentes y justificación de la solicitud: • Que de manera general, el artículo 5 de la Ley 7969 crea el Consejo de Transporte Público como un órgano de desconcentración máxima con personería propia y que puede realizar cualquier tipo de contrato para la ejecución de sus funciones y también el establecimiento de sus oficinas. • Que el artículo 24 inciso b) de la ley 7969 contempla los préstamos como fuente de financiamiento del Consejo de Transporte Público. Estableciéndose expresamente “Artículo 24.- Fuentes de Financiamiento...b) Los aportes, las donaciones, los préstamos, las subvenciones y las contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o internacionales” Además en el artículo 6 último párrafo se establece que el Consejo podrá establecer las oficinas que considere necesarias en los principales c ...
Fecha publicación: 13/06/2011
Fecha emisión: 10/06/2011
Documento: 05181-2011.pdf
Institución: CONSEJO DE TRANSPORTE PUBLICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: SOLICITUD DE ADICION Y ACLARACION DE OFICIO


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 04512 23 de mayo, 2011 DCA-1326 Licenciado Mario F. Badilla Apuy Director Ejecutivo Consejo de Transporte Público Estimado señor: Asunto: se deniega, por no requerirla, autorización al Consejo de Transporte Público para contratar directamente la compra de tres inmuebles inscritos en el Registro Público, sistema de folio real matrícula 1-097228-000,1-074331-Duplicado B-000 y 1-049146-000 propiedad de ICAFE por $4.446.307.47, según lo dispuesto en el inciso c), artículo 2 de la Ley de Contratación Administrativa y 130 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Se advierte que no se podrá realizar la transacción hasta tanto no cuenten con la totalidad del disponible presupuestario. Nos referimos a oficio No. DE-2011-1166 del 6 de mayo de este año, recibido en Contraloría General el día 9, mediante e mediante el cual solicita autorización para comprar tres inmuebles inscritos a nombre de ICAFE. Fundamenta la presente solicitud en lo dispuesto el artículo 2 de la Ley de Contratación Administrativa y 138,139 y 157 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (RLCA). Antecedentes y justificación de la solicitud: • Que el Consejo de Transporte Público tiene la necesidad de adquirir un edificio en el cual establezca sus oficinas, ya que actualmente las mismas se encuentran ubicadas en distintos inmuebles arrendados para ese fin. Dicha necesidad incluso se ha reflejado en informes de la Contraloría general. Que anteriormente gozaba de unas oficinas ubicadas en la en el MOPT pero el convenio que establecía de uso y disfrute de instalaciones con el MOPT se finiquitó por mutuo acuerdo el 30 de marzo de este año. • Que el Consejo de Transporte Público desde noviembre de 2010 realizó un proceso de selección para identificar el inmueble idóneo que cumpliera con sus necesidades y para lo cual contaron con l ...
Fecha publicación: 26/05/2011
Fecha emisión: 23/05/2011
Documento: 04512-2011.pdf
Institución: CONSEJO DE TRANSPORTE PUBLICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 04160 11 de mayo de 2011 DJ-00503-2011 Licenciado Ricardo Jiménez Godínez, MBA Auditor Interno CONSEJO DE TRANSPORTE PÚBLICO Estimado señor: Asunto: Se rechaza consulta de la auditoría interna del Consejo de Transporte Público en la que solicita criterio sobre la viabilidad jurídica de asignarle una computadora portátil a un miembro de Junta Directiva. Damos respuesta a su oficio No. AI-O-11-0189 del 14 de abril de 2011, mediante el cual consulta sobre si ¿Es jurídicamente viable, con el fin de agilizar y establecer un canal de comunicación e interacción virtual, mediante el aprovechamiento de las Tecnologías Digitales con los Miembros de Junta Directiva, la asignación de una computadora portátil, para el desarrollo de las labores como miembros del órgano colegiado? Al respecto, es pertinente señalar que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994) y la Circular Nº CO-529 “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 107 del 5 de junio de 2000, se establecen los requerimientos para la presentación de las gestiones de consulta, de donde cabe destacar que el órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas que deban ser resueltas por la Administración, y en este caso la gestión que se nos formula no se ajusta a los términos de la normativa. Bajo ese esquema, vale citar lo regulado en los puntos 2 y 6 de la circular en mención: “2. La Contraloría General de la República evacuará las consultas en forma escrita, siempre que versen sobre materias propias de sus competencias constitucionales y legales y no traten sobre situaciones concretas que debe resolver la institución solicitante.” 2 “6. El incumplim ...
Fecha publicación: 12/05/2011
Fecha emisión: 09/05/2011
Documento: 04160-2011.pdf
Institución: CONSEJO DE TRANSPORTE PUBLICO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 03570 25 de abril, 2011 DCA-1040 Señor Luis Fernando Sequeira Solís Auditor Interno Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos Estimado señor: Asunto: Se atiende consulta relacionada con el registro extemporáneo en el Sistema Integrado de Actividad Contractual (en adelante SIAC), de la contratación directa 2010CD-000112-ARESEP. Nos referimos a su oficio PROV-00365-2010, de fecha 24 de enero de dos mil once recibido el día 25 del mismo mes y año, por medio del cual solicita el refrendo del contrato referido en el asunto. I. Antecedentes de la consulta. La auditoría Interna de la Autoridad Reguladora de los Servicio Públicos, expone lo siguiente: -Que de conformidad con el estudio que se está realizando en la Auditoría Interna sobre la “Evaluación del proceso de contratación para el alquiler del edificio Multipark se observa que el Registro en el SIAC de la contratación Directa 2010 CD-000112-ARESEP se aplicó en forma extemporánea -Que la Administración activa reconoce el acto administrativo y consulta al Lic. José Antonio Solera Víquez, consultor legal, si ese hecho generar conlleva alguna responsabilidad. -Que mediante oficio JASV-010-2010 del 19 de marzo de 2010, el Lic. Solera indica al Regulador General Dr. Fernando Herrero A, lo siguiente: “…6. En el criterio del suscrito, en ningún momento se ha pretendido soslayar la formalidad de la conformación de un expediente ni hacer los registros correspondientes, si no que estos requerimientos se han cumplido según las características propias de la modalidad de selección del contratista que se ha empleado en este caso de conformidad con el ordenamiento jurídico. Lo anterior de ninguna manera es generador de responsabilidades de ningún tipo, toda vez que para ello se requieren actuaciones negligentes, originadas en una culpa grave o dolo y el caso pre ...
Fecha publicación: 28/04/2011
Fecha emisión: 25/04/2011
Documento: 03570-2011.pdf
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA